El exdefensor del Pueblo Walter Gutiérrez cuestionó la reciente sentencia del Tribunal Constitucional (TC) que declaró fundado el hábeas corpus presentado por la defensa de Vladimir Cerrón y dejó sin efecto la prisión preventiva de 24 meses que pesaba en su contra por el presunto delito de lavado de activos.
Durante una entrevista en el programa Enfoque de los Sábados de RPP, Gutiérrez sostuvo que el TC actuó como un "juzgado de instancia", cuando su función debía limitarse a fijar criterios constitucionales y ordenar que el Poder Judicial emitiera un nuevo pronunciamiento.
"El Tribunal no debió conducirse como un juzgado de instancia, sino como lo que es: un órgano constitucional que garantiza la institucionalidad", afirmó.
Cuestiona evaluación del peligro procesal
Gutiérrez señaló que, si bien coincide con la jurisprudencia del TC respecto a que la prisión preventiva debe ser excepcional, temporal y revisable, considera que el tribunal no ponderó adecuadamente el peligro procesal en el caso de Cerrón.
Recordó que el líder de Perú Libre permaneció prófugo por más de mil días y sostuvo que existían elementos objetivos que debían ser valorados antes de dejar sin efecto la medida restrictiva de libertad.
Según el exdefensor, el caso de Cerrón no podía analizarse como un expediente ordinario debido a sus particularidades y a la relevancia pública del investigado.
"El TC debió ordenar un nuevo pronunciamiento"
A juicio de Gutiérrez, el Tribunal Constitucional debió mantener su línea jurisprudencial sobre la excepcionalidad de la prisión preventiva, pero devolver el caso al Poder Judicial para que un juez evaluara nuevamente la situación procesal del investigado, considerando los nuevos elementos y garantizando la participación del Ministerio Público.
"No debió resolver, sino ordenar que la instancia inferior resuelva", manifestó durante la entrevista.
¿Qué resolvió el Tribunal Constitucional?
El Tribunal Constitucional declaró fundado el hábeas corpus presentado por la defensa de Vladimir Cerrón al considerar que las resoluciones judiciales que rechazaron la variación de la prisión preventiva no evaluaron adecuadamente los cambios en las circunstancias del caso, especialmente tras la anulación y revocación de decisiones judiciales que habían servido para sustentar el peligro procesal.
En consecuencia, el TC anuló dichas resoluciones y ordenó al órgano jurisdiccional competente emitir un nuevo pronunciamiento, tomando en cuenta los criterios constitucionales sobre la naturaleza excepcional y revisable de la prisión preventiva.
El fallo generó diversas reacciones en el ámbito político y jurídico, con opiniones divididas sobre el alcance de las facultades del Tribunal Constitucional y los efectos de la decisión en uno de los procesos penales más relevantes del país.
Etiquetas en este artículo
Escrito por
Sullana En Linea
Creador de contenido y aliado en Sullana En Línea.